Si usted o alguien que conoce se lesionó mientras trabajaba en una obra en construcción, generalmente existen dos áreas de la ley que utilizamos para presentar su reclamo.
El PRIMER es un reclamo de compensación al trabajador – O’ “Worker’s Compensation”. Esta área de la ley es para reclamos de empleados contra sus propios empleadores. La ley requiere que el empleador ofrezca estos beneficios básicos:
- Pagar todo el tratamiento médico, incluida la ambulancia, hospitales, médicos, fisioterapia, medicamentos y radiografías.
- Ingresos perdidos: si pierde más de 7 días de trabajo seguidos, el empleador debe pagarle el 66% de su ingreso promedio. Esto se llama TTD o Discapacidad Total Temporal. Estos pagos pueden extenderse si regresa a horas restringidas o menos.
- PPI (Deterioro parcial permanente): cuando el médico dice que ha terminado el tratamiento, él o ella debe escribir un informe que explique si su lesión causó un deterioro a largo plazo que afecta su capacidad para trabajar.
El SEGUNDO tipo de reclamo legal es para NEGLIGENCE contra la empresa de construcción en general. Desafortunadamente, muchas veces este reclamo legal se pasa por alto y el trabajador pierde una recuperación adicional.
Así que no dejes que eso te pase. Comparta su información y nosotros investigaremos si podemos ayudarlo.
Por ejemplo, los contratos de construcción escritos o las relaciones legales entre las empresas de construcción requieren que el contratista general proteja su seguridad.
Un reclamo por negligencia contra el contratista general puede ayudarlo a recuperar más que los beneficios limitados permitidos por un reclamo de compensación laboral. Esto puede ser una parte MUY importante de su recuperación financiera.
Eche un vistazo a más información sobre estas reclamaciones en nuestro sitio web O simplemente llámeme, Jim Browne a Goodin Abernathy.
Para algo realmente sencillo, simplemente haga clic en el botón “Tengo un caso” y veremos los detalles de su caso.
Goodin Abernathy quiere ayudar, y nuestra experiencia será para usted.